Somos expertos en lo que hacemos.
Le ayudamos a resolver problemas legales.
Nuestro equipo de abogados altamente calificados, estamos aquí para usted en cada paso del camino.
Somos la firma de abogados más reconocida en Medellín en la atención de víctimas de eventos mortales, incluyendo accidentes de tránsito, laborales y otros eventos violentos o naturales.
Nuestro enfoque eficiente abarca la reclamación de derechos pensionales, auxilio funerario e indemnizaciones por perjuicios, brindando apoyo integral a los familiares del fallecido en todas las gestiones necesarias.
• Reclamaciones de Indemnizaciones SOAT.
• Demandas de Responsabilidad Civil.
• Representación en procesos penales y de tránsito.
• Reclamaciones por daños a bienes.
• Reparaciones por accidentes laborales.
• Asistencia y reclamaciones por daños a personas o bienes por culpa del Estado.
• Pensión de Sobrevivientes.
• Devolución de Saldos.
• Auxilio Funerario.
• Trámite de Pensión de Invalidez.
Preguntas Frecuentes
Es un Seguro Obligatorio para todos los vehículos automotores que transiten por el territorio nacional, que ampara los daños corporales que se causen a las personas en accidentes de tránsito, cubriendo los gastos médicos, indemnizaciones por muerte y gastos funerarios y las incapacidades permanentes.
Le cubre una indemnización de 750 salarios mínimos legales diarios vigentes por muerte y gastos funerarios. Es importante aclarar que el valor se designa en salarios mínimos diarios legales vigentes a la fecha de la ocurrencia del accidente.
Son beneficiarios de la indemnización por muerte y gastos funerarios, el cónyuge o compañero (a) permanente de la víctima, en la mitad de la indemnización y sus hijos en la otra mitad, distribuida en partes iguales. De no haber hijos, la totalidad de la indemnización corresponderá al cónyuge o compañero (a) permanente; de no existir alguno de los anteriores, serán beneficiaros los padres y, a falta de ellos, los hermanos de la víctima.
Es un seguro que ampara o cubre los daños materiales e inmateriales que se causan a las personas y/o a las cosas como consecuencia de un accidente de tránsito, de acuerdo con los amparos contratados o coberturas; estas pólizas también pueden cubrir la responsabilidad patronal y las responsabilidades del estado.
La reparación es la consecuencia de la acción civil que impulsen los familiares de las víctimas por medio de una demanda impulsada por un abogado, conciliación o transacción con los responsables o causantes del daño, acreditándose en todo o en parte la responsabilidad y los perjuicios ocasionados.
En nuestro caso, es el acompañamiento que le brindamos a los familiares de la persona fallecida en un accidente de tránsito, la investigación de fiscalía, el proceso penal en general y el proceso contravencional (administrativo ante inspector de tránsito).
Es importante la representación y acompañamiento desde que ocurre en accidente para garantizar la efectividad de los derechos, dada la necesidad de contar con los conocimientos necesarios y/o básicos para asegurar las pruebas que sirvan como acreditación de las circunstancias reales y de fundamento a las pretensiones en una reclamación directa o eventual demanda.
En nuestro caso, contamos con amplio conocimiento en materia de procesos administrativos en el tránsito, donde se dispute la responsabilidad de los actores viales en el accidente, en el procedimiento penal y en los distintos procesos de responsabilidad civil.
El término de prescripción o pérdida del derecho es de dos años contados a partir del momento en que se conoce del hecho, regularmente desde el día en que ocurrió el accidente de tránsito.
¡Importante! Cuando se trata de reclamaciones con cargo a la ADRES los términos varían entre 18 meses y hasta 3 años, dependiente del tiempo en que ocurre el evento (Accidente tránsito, evento catastrófico natural o evento terrorista).
Es la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud, ante esta entidad, nuestra firma reclama las indemnizaciones de muerte y gastos funerarios, cuando se trata de accidente tránsito ocasionados por vehículos que no tienen póliza SOAT vigente, vehículos fantasmas, eventos catastróficos naturales y eventos terroristas.
Le cubre una indemnización de 750 salarios mínimos legales diarios vigentes por muerte y gastos funerarios. Es importante aclarar que el valor se designa en salarios mínimos diarios legales vigentes a la fecha de la ocurrencia del evento.
Es una prestación económica contenida en la ley laboral a cargo de alguno de los Fondos de Pensiones en Colombia (Colpensiones, Porvenir, Colfondos, Protección) o ARL en muerte de origen laboral y en favor de quien ha sufragado (pagado) los gastos fúnebres de un afiliado o pensionado. En cada caso deben revisarse los requisitos para validar su procedencia.
Conforme al art 51 de la ley 100 de 1993 el beneficiario de esta prestación económica tendrá derecho a percibir un auxilio funerario equivalente al último salario base de cotización, o al valor correspondiente a la última mesada pensional recibida, según sea el caso, sin que este auxilio pueda ser inferior a cinco (5) salarios mínimos legales mensuales vigentes, ni superior a diez (10) veces dicho salario.
Esta prestación se reconoce a la persona que demuestre haber asumido (pagado o sufragado) los gastos fúnebres del pensionado/afiliado fallecido, familiar o no familiar.
El plazo para reclamar dicho auxilio varía dependiendo del caso en concreto. Este término oscila entre 1 año y máximo 3 años a partir de la fecha de fallecimiento de la persona pensionada o afiliada
La pensión de sobrevivientes es una prestación económica que busca garantizar a los familiares de una persona fallecida la estabilidad económica suficiente para asegurar su subsistencia en condiciones dignas.
Pueden presentar la solicitud de pensión de sobrevivientes las siguientes personas: Cónyuge o compañero permanente. Hijos menores de edad o si se encuentren estudiando hasta los 25 años. Hermanos, siempre que tuvieran dependencia económica con el afiliado o pensionado fallecido.
Esta prestación se causa desde el momento del fallecimiento, pero debe de acreditarse ante el fondo a cargo de la afiliación la calidad de beneficiarios con los elementos de convicción, según sea el caso.
Realizamos el acompañamiento desde la documentación y la radicación al fondo de pensión, procurando evitar un litigio judicial dada la gran congestión judicial.
No hay un tiempo límite para solicitar el reconocimiento de una pensión en Colombia, es decir, no prescribe el derecho.
¡Importante! Las mesadas pensionales sí prescriben en el término de 3 años siguientes al fallecimiento del afiliado o pensionado.
La finalidad de la devolución de saldos, es permitir a los afiliados que lleguen a la edad para recibir la pensión de vejez, pero no hayan alcanzado a cotizar las semanas suficientes, que tengan derecho a reclamar el reintegro de sus ahorros.
Esta prestación económica también consiste en la devolución de los saldos acumulados por un afiliado que fallece a sus herederos.
Realizamos el acompañamiento desde la documentación y la radicación al fondo de pensión.
¡Importante! Esta prestación económica se prescribe en el término de 3 años siguientes a la causación del derecho.
La pensión de invalidez se causa en favor del afiliado al fondo de pensión (riego común) o ARL (riesgo laboral), causando una mesada pensional a razón de una enfermedad o accidente que le impida trabajar a razón de la merma de la capacidad laboral superior al 50%.
En cada caso, se debe de analizar que se cumplan los requisitos de ley.
La sucesión es un trámite mediante el cual los bienes de una persona que ha fallecido pasan a ser pertenecer a sus herederos, que generalmente son sus parientes cercanos, salvo que exista un testamento en el cual se le hayan dejado bienes a otras personas por fuera de la familia.
Si entre los herederos no existe litigio en la asignación de los bienes, es decir, están de común acuerdo, el procedimiento podrá realizarse de una forma más ágil ante una notaría del círculo o en un despacho judicial.
Si existe conflicto entre los herederos, deberá adelantarse en un proceso judicial.
Cualquiera de los anteriores trámites, requiere representación de abogado.
Si el trámite se realiza por mutuo acuerdo de todos los herederos, la notaria tiene un costo menos al que tiene que hacer ante un juez de familia.
En nuestra firma, los costos de una sucesión se dan entre 1 SSMLV Y 5 SMMLV.
Diez (10) años contados desde el inicio de la sucesión en caso de que no se haya dejado testamento.